El Congreso de los Diputados ha aprobado el pasado jueves, 19 de noviembre, la octava ley educativa de la democracia, conocida como 'Ley Celaá'.
El Gobierno central, tras ser derrotado en la votación de las nuevas medidas educativas, ha elaborado una nueva propuesta para llevar a cabo su nueva Ley Orgánica de Modificación de Ley Orgánica de Educación (Lomloe), comúnmente conocida como 'Ley Celaá'.
Tras la derrota por parte del PP y Vox, tuvieron que probar otras alianzas con los partidos nacionalistas y los pequeños para la aprobación de la nueva ley.
Así los cambios aplicados para su aprobación han apoyado: el modelo de inmersión lingüística en Cataluña, plasmado en la eliminación de la mención del castellano como lengua vehicular; y hacia la izquierda, una favorable medida hacia la escuela pública y un mayor control de la concertada.
Los cambios aportados han conseguido la aprobación de la nueva 'Ley Celaá' con una serie de principales medidas. Un texto que integra las nuevas medidas aprobadas en el Congreso y que pasan ahora al Senado.
Las nuevas medidas de la 'Ley Celaá'
Criterios de admisión al centro y actividades extracurriculares
- Las actividades extraescolares de pago no podrán demandarse en horario escolar
- Se crean oficinas para que los padres puedan realizar la matrícula de sus hijos, reduciendo la capacidad de los centros para elegir a los alumnos
- Criterios para adjudicar una plaza: hermanos matriculados en el centro; cercanía al domicilio o del lugar de trabajo de los padre; y la renta familiar
Medidas contra la segregación en los centros educativos
- Desarrollo del principio de coeducación mediante la cual no se separará al alumnado por su género
Suelo público para los centros públicos
- Los Ayuntamientos podrán ceder suelo público únicamente a los centros públicos
Eliminación del castellano como lengua vehicular
- El castellano deja de ser lengua vehicular; esto quiere decir que se elimina el castellano como lengua de aprendizaje en los centros educativos, pudiéndose emplear cualquier dialecto como lengua vehicular.
Limitación de repeticiones
- Solo se podrá repetir una vez en primaria y dos como máximo en toda la enseñanza obligatoria (ESO)
- El equipo docente decidirá si el alumno repite, dependientemente de haber suspendido este más de dos asignaturas
- El título de bachillerato podrá obtenerse si el grupo docente lo considera, aunque el alumno tenga un suspenso
Exámenes para evaluar las competencias
- En 4º y 2º de primaria se realizarán exámenes para evaluar las competencias de los alumnos
- En 6º de primaria y 4º de secundaria se realizará una prueba cada varios años, para evaluar el nivel de conocimientos de los alumnos
Decisión del horario lectivo
- El 50% del horario de clases será planteado por los centros educativos. Por otro lado, la otra mitad corresponderá al ministerio
Cuatro modalidades de bachillerato
- Una nueva modalidad se suma a las tres ya existentes. La cuarta modalidad llamada General, contendrá aspectos tanto de la rama científica como de letras. El objetivo de la nueva propuesta en bachillerato consiste en crear una opción para aquellos alumnos que no hayan decidido lo que quieren estudiar.
Menos itinerarios y diversificación curricular
- Eliminación de los itinerarios educativos que separan a los alumnos. Esto quiere decir que no se separarán a los alumnos por diferentes competencias
- Los alumnos podrán matricularse en programas de diversificación curricular, es decir, podrán hacer más sencillo el currículum
Adquisición de conocimientos sobre la historia de la democracia den España
- Los alumnos deberán adquirir conocimientos profundos sobre la historia de la democracia en España desde sus orígenes hasta la actualidad
Educación afectivo-sexual
- Los centros educativos fomentarán la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual
- En primara se garantiza un aprendizaje sobre; las diferentes culturas; diferencias entre personas; la no discriminación de personas por motivos de etnia; orientación o identidad sexual; religión o creencias; discapacidad u otras condiciones.
Educación en mayores de 16 años
- Podrán incorporarse a la educación de personas adultas los mayores de 16 años que mediante un contrato laboral justifiquen que no pueden acudir a los centros educativos en régimen ordinario.