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Qué debes hacer para cambiar la titularidad de un coche

RedacciónRedacción - 06 de Mayo, 2021
Qué debes hacer para cambiar la titularidad de un coche

Si eres el comprador de un vehículo usado tienes un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato para realizar el cambio de titularidad del mismo. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor.

Para que un vehículo pueda ser transferido debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de requisitos indicados en el apartado de 'Requisitos previos'.

El contrato de compraventa del vehículo debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. Es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en que se entrega el vehículo.

Para poder hacer la transferencia del vehículo debes justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tengas tu domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.

Antes de realizar la transferencia de un vehículo se debe comprobar que el vehículo es transferible: El vehículo ha de estar dado de alta y al día en el pago de impuestos locales y de sanciones relacionadas con el vehículo (no con la circulación, como pueden ser exceso de velocidad, aparcamiento...). La existencia de una reserva de dominio, embargo, o una orden de precinto sobre el mismo puede acarrear ciertas limitaciones a la hora de realizar la transferencia o notificación de venta.

Según podemos observar en GestoríaDGT, estos son los requisitos para poder hacer la transferencia de coche.

Requisitos para poder realizar la transferencia de un vehículo:

Estar en situación de alta administrativa. Si el vehículo estuviera en situación de baja temporal, el titular del vehículo (vendedor) debe dar de alta el vehículo antes de realizar la transferencia.

  • Con el Impuesto de Circulación del año anterior abonado.
  • Con las posibles sanciones impuestas por infracciones del vehículo abonadas.
  • Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera o subrogación por parte del comprador.
  • Libre de embargos y precintos o documento firmado por el comprador en el que confirma que es conocedor de la situación de embargo o precinto del vehículo.

Puedes realizar dicha comprobación fácilmente solicitando el informe reducido del vehículo.

Si está todo correcto y se puede realizar la transferencia, en el informe aparecerá una señal verde.

En caso de que el vehículo no pueda ser transferido por alguna razón, aparecerá una señal roja. Para saber cuál es la razón que impide la transferencia, puedes solicitar, previo pago de una tasa 4.1, el informe detallado del vehículo, este informe además te proporcionará datos acerca de la vigencia de la inspección técnica u otros datos técnicos, incluso las reparaciones y revisiones que se han llevado a cabo por los talleres adscritos a nuestro libro digital de mantenimiento o libro taller.

¿Qué papeles necesitas?

Solicitud en impreso oficial de cambio de titularidad relleno y firmado tanto por el comprador como por el vendedor, que se facilita también en las Jefaturas de Tráfico.

Documento que acredite la transmisión del vehículo: Factura o contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.

Identificación del comprador (no es necesario si realizas la tramitación a través de internet):

Personas físicas: documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros) o compulsa oficial del mismo.

Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal y acreditación de la representación e identidad del que firme.

Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto.

Justificante de pago con los datos de la tasa adquirida previamente o una tarjeta de crédito para realizar el pago en nuestras oficinas.

Documento para identificar al vendedor. Bastará la fotocopia de alguno de los documentos consignados.

Justificante de pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621) liquidado en la Comunidad Autónoma del adquirente, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura. Consulta en tu Comunidad Autónoma las condiciones de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.

Además, para el caso de los supuestos especiales, tendrás que aportar lo que se indica en el apartado correspondiente.

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