El pasado 10 de noviembre, el Consejo de Ministros decidió reformar el texto de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Por ello, se añadieron nuevas regulaciones a las ya existentes, como la prohibición de patinetes eléctricos en vías interurbanas, travesías, aceras y túneles urbanos. No obstante, no fue la única medida establecida, ya que también se aplicaba un cambio en los límites de velocidad máximos en las vías urbanas de todo el país. Así bien, España dejaría seis meses para su correcta ejecución desde la publicación de la ley en el BOE.
Tras establecerse los nuevos cambios, en este caso, en los límites de velocidad en España su obligatorio cumplimiento entrará en vigor el 11 de mayo. De esta manera, la Dirección General de Tráfico ha dejado seis meses desde su publicación en el BOE para que los conductores normalizasen los recientes límites de velocidad y las administraciones públicas efectuasen los cambios pertinentes en la señalización de las vías.
Así bien, el cambio aprobado por el Gobierno en relación a los márgenes de velocidad establecidos modifica el Reglamento General Circulación; así como el Reglamento General de Vehículos en materia de tráfico urbano. De esta forma, se modifican los límites generales de velocidad en vías urbanas, siendo hasta ahora de 50km/h:
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Organizaciones de ciclistas, peatones y asociaciones destinadas a las víctimas de accidentes de tráfico han aplaudido la nueva medido la cual reduce el límite de velocidad en las vías urbanas.
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