El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado el ingreso mínimo vital. Esta prestación funciona por hogar y se pagará mes a mes. Garantizará una renta de entre 462 y 1.015 euros e irá en función de los miembros que compongan la familia. El ingreso no será fijo, solo completará las rentas de las unidades familiares hasta llegar a dicha cantidad. La cifra irá aumentando en torno al paso de los años, ya que va ligada al incremento de las pensiones no contributivas.
Cómo se solicita y a partir de cuándo son algunas dudas que en la rueda de prensa posterior al Congreso, explicaron en rasgos generales.
Este ingreso mínimo vital podrá solicitarse a partir del día 15 de junio. En las peticiones de los primeros tres meses se cobrarán con efecto retroactivo a 1 de junio. La Seguridad Social cuenta con ese periodo de tiempo para responde a dicha solicitud.
Un único titular será el encargado de solicitar la ayuda por cada hogar. Respecto a la petición, optaran a las prestaciones hogares de cualquier tamaño que hayan sido constituidos en menos de un año. Aquí también entrarán los unipersonales, pero en este caso deberán de tener más de tres años constituidos.
El proceso será multicanal, aunque preferentemente la solicitud será a través de la sede electrónica dela Seguridad Social. También podrá pedirse por correo ordinariez, enviando la documentación correspondiente. Una vez abiertos de nuevos los Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, podrán acudir a ellos para realizar dicho trámite. Para ello, deberán de solicitar cita previa. De la misma manera, podrá hacerse a través de los ayuntamientos, una vez que hayan sido firmados los convenios previstos.
Por otra parte, a partir de esta semana podrán realizar llamadas a un teléfono gratuito (9009 para obtener información a los beneficiarios. También se pondrá en marcha un simulador en la página web de la Seguridad Social. También se podrán consultar dudas con un asistente virtual.
El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, dio algún detalle más sobre el proceso a seguir para el ingreso mínimo vital. En el trámite pedirán dos datos que serán claves a la hora de asignarlos: documentos que acrediten los requisitos de edad del potencial beneficiario y el tiempo de residencia en España.
Estará limitado a personas de entre 23 y 65 años, salvo si contarán con menores a cargo, que pasa a ser de 18 o o mínimo y entonces será posible pedirlo con más de 65 . Además, deberán ser residentes al menos durante un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en el país. La excepción estaría en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
La Seguridad Social comprobará con los datos que ya tiene la información de los ingresos y el patrimonio de la persona o unidad familiar. De forma regular, se comprobará si la prestación es necesaria. Además, si los beneficiarios ven cambiar si situación de ingresos deben comunicarlo.
Desde un ingreso mínimo vital de 462 euros, irán incrementando la cantidad según el numero de personas en el hogar y se suma un plus si es monoparental. Entre los diversos supuestos, la renta garantizada en hogares unipersonales es de 5.538 euros anuales. Si conviven dos adultos ascenderá a 7.200 euros anuales. Si el hogar, por otro lado, lo forma un adulto y un niño serña 8.418 euros al año. En caso de dos adultos y un niño asciende a 8.861 anuales. Y en hogares de dos adultos y dos niños la renta cubierta sube hasta 10.523 euros. La cuantía más elevada - 12.184 euros anuales o 1.015 mensuales - será en hogares con dos adultos y 3 o más niños, 3 adultos y 2 o más niños; o 4 adultos y un niño.
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