Los propietarios de una vivienda en alquiler deberán avisar a sus inquilinos con cuatro meses de antelación de la no renovación del contrato a su finalización tras 5 o 7 años de alquiler. Hasta el momento, estaban obligados a hacerlo 30 días antes de que concluyera.
De esta manera, los dueños deberán notificar el cese con cuatro meses de antelación y con dos si se trata del inquilino. Si por el contrario, el propietario no avisa dentro de este periodo, el inquilino podrá prorrogar el alquiler hasta 3 años. Así lo recoge el Real Decreto Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
Dicho con otras palabras, si llega la fecha de vencimiento de un contrato cuya duración oscila como mínimo entre los 5 y los 7 años y ninguna de las partes ha notificado a la otra su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente hasta un máximo de tres años más.
Si es el inquilino el que no avisa al propietario con dos meses de antelación corre el riesgo que el contrato se prorrogue otro año.
Esta no es una medida nueva. De hecho, está en vigor en todos los contratos de alquiler firmados a partir del 6 de marzo de 2019, según el director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), José Ramón Zurdo.
Según Zurdo, casi todos los plazos de comunicación de preavisos regulados por la actual Ley de Arrendamientos Urbanos marcan 30 días o un mes. A excepción esta medida, que penaliza al arrendador con un período "excesivamente largo".
Si el aviso se produce fuera de plazo los contratos de alquiler pasarán a durar hasta 8 años, en el caso de propietarios particulares. En el caso de que los arrendadores sean personas jurídicas, puede prolongarse hasta 10 años.
0 lectores ya han votado. Tu voto queda en este dispositivo.