El Ayuntamiento de Yecla anunciaba en su web oficial una nueva medida para ayudar a todo el comercio local en estos tiempos tan duros que corren. El plazo de justificación y solicitud de prorroga será hasta el 15 de febrero de 2021.
Está a punto de cumplirse el primer aniversario desde que empezara lo peor de todo, el primer estado de alarma y confinamiento domiciliario. Los más pequeños siguen atravesando un profunda crisis. Desde hace meses muchos comercios de Yecla abren y cierras sus persianas casi con la misma asiduidad del que va a la compra.
Por ello, el consistorio ha aprobado la bonificación del IBI al 30% para todos aquellos inmuebles cerrados por el cese de actividad por e estado de alarma. Medida dirigida para comercio de hostelería, agencias de viajes, peluquerías, academias de formación y en general, actividades de ocio y restauración.
Los requisitos para la bonificación serán los siguientes:
En el caso de que el establecimiento haya estado sujeto a un expediente de regulación temporal de empleo (E.R.T.E.), deberá aportar la resolución administrativa del Servicio Público Empleo Estatal por la cual se le concede el E.R.T.E. La duración de la bonificación será de un año prorrogable por otro. Siempre y cuando se solicite expresamente la prórroga por el interesado y se mantengan todos y cada uno de los requisitos.
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