¿En qué consiste el divorcio express?
El divorcio express fue introducido en el Código Civil español mediante la Ley del 15/2005 del 8 de julio modificando la legislación vigente hasta el momento de 1981 o procedimiento de divorcio ordinario, acortando significativamente los plazos de resolución entre otros cambios como se expone a continuación.
Desde la implantación del divorcio en España en 1981, el número de divorcios se ha multiplicado exponencialmente cada año. No obstante, más de una década después se hacía necesario la introducción de una ley como la del divorcio express para agilizar aquellos trámites catalogados como “casos fáciles” que reuniesen una serie de requisitos básicos como los siguientes:
Mutuo acuerdo entre los cónyuges
Ambos cónyuges deben estar de mutuo acuerdo y este sería el primer requisito indispensable para poderse acogerse a la modalidad de divorcio express. Es necesario reseñar que el mutuo acuerdo no consiste únicamente en que ambos cónyuges manifiesten su deseo de separarse, sino que ambos cónyuges deberán establecer igualmente de mutuo acuerdo los términos del convenio regulador o las bases sobre las que el matrimonio se disolverá, lo cual afecta a la custodia compartida de los hijos, atribución y usufructo de la vivienda familiar y pensiones alimenticias, entre otros.
No se requiere separación previa
Este es uno de los principales aspectos del divorcio express que agiliza el trámite respecto a los divorcios regidos por la ley de 1981, destinados para aquellos matrimonios que hubiesen transcurrido largo tiempo separados, cuyo plazo mínimo se establecía en 2 años.
En el divorcio express no existe un plazo mínimo de separación establecido por la ley, por lo cual ambos cónyuges podrán solicitar el divorcio aún sin haber abandonado el domicilio conyugal. Tampoco se exigirá alegaciones en cuanto al motivo de separación, tan solo el deseo expreso de la voluntad de separarse y los preceptos recogidos en el convenio regulador anteriormente mencionado.
El matrimonio deberá tener como mínimo 3 meses de antigüedad
Aunque como mencionamos anteriormente, no se requiere un tiempo previo de separación, el matrimonio sí debe contar con al menos 3 meses de antigüedad independientemente de su régimen de celebración, así sea por lo civil o por la Iglesia.
En este supuesto quedarían excluidos aquellos matrimonios en los que uno de los conyugues acredite la existencia de un riesgo para la integridad moral o física de cualquiera de los integrantes que componen la unidad de familiar, tales cómo procede en los casos de violencia doméstica o abuso sexual.
La solicitud puede iniciarla cualquiera de los cónyuges
Aunque ambos cónyuges deben estar de acuerdo en la separación, uno de los dos puede iniciar los trámites de divorcio con el consentimiento del otro. En el caso de que uno no estuviese de acuerdo, no podría acogerse a la ley del divorcio express, pues en estos casos la vía del divorcio se resuelve por lo contencioso administrativo y el proceso suele ser mucho más largo y complejo en cuanto a trámites, requisitos y procedimientos.
No se requiere hacer reparto de bienes durante el proceso
Una de las características particulares del divorcio express respecto a la legislación ordinaria de divorcio es que no requiere realizar el reparto de bienes en el momento. No obstante, aquellos matrimonios adheridos al régimen de gananciales, éste quedará anulado tras la resolución de la sentencia, lo cual indica que a partir de ese momento las propiedades adquiridas por cada uno de los ex-cónyuges pasarían a tener carácter privativo.
Matrimonios entre extranjeros
El último requisito pero no menos importante para poder acogerse a la ley del divorcio express, especifica que al menos uno de los cónyuges deberá haber mantenido el domicilio dentro del territorio español, independientemente de cual sea la nacionalidad de ambos o que el matrimonio se celebrara fuera de España. En aquellos casos que ambos cónyuges sean extranjeros, deberán aportar adicionalmente la certificación de la ley aplicable por su embajada correspondiente.
Procedimiento paso a paso del divorcio express
El primer paso indudablemente para iniciar el proceso de divorcio express es contratar un abogado y procurador que puede ser el mismo para ambos cónyuges, pues el procedimiento se iniciará de mutuo acuerdo.
El segundo paso consiste en redactar el convenio regulador, este debe ser redactado por el abogado para recoger todos los aspectos exigidos por la ley y que deben quedar satisfechos tras la resolución del matrimonio.
Una vez confeccionado el convenio regulador, se debe de obtener el poder notarial y este procedimiento puede resolverse de dos formas, la más habitual y rápida y al mismo tiempo económica, consiste en firmar el poder en el mismo juzgado cuando se acude a ratificar la demanda, o también se puede solicitar de forma privada a una notaría cuyo trámite tiene un coste que oscila entre los 40€ y 50 €.
Adicionalmente, deberá presentarse una serie de documentos que se pueden solicitar en el Registro Civil donde se celebrará el matrimonio, tales como el certificado de matrimonio y el de nacimiento de los hijos si los hubiere. En algunos casos se solicita además el certificado de empadronamiento que acredite la residencia conyugal y esto dependerá de cada juzgado.
La presentación de la demanda deberá efectuarse junto con el convenio regulador y los documentos anteriormente mencionados.
La ratificación de la demanda se llevará a cabo en aproximadamente dos semanas previas a la presentación de los documentos y ambos cónyuges deberán firmar la demanda y el convenio regulador. Este proceso pueden hacerlo juntos o por separado.
La documentación presentada será examinada por el juez junto con las cláusulas recogidas en el convenio regulador para verificar que todos los preceptos se ajustan a la legalidad y no perjudican a ninguno de los cónyuges.
El plazo de resolución de la sentencia si todo se ha tramitado correctamente transcurre entre los próximos dos o tres meses. En caso de que exista alguna irregularidad en el proceso, se deberán realizar las correspondientes modificaciones.