El uso de mascarillas será obligatorio a partir de mañana, 21 de mayo, en espacios públicos. La orden ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado -BOE-, a fecha de hoy.
Tal y como señala el BOE, “la presente orden dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública. También en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que encuentren abierto al público. Esto será cuando no sea posible mantear una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años”.
La excepción de esta obligación la tienen las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria. Si esta puede agravarse con su uso, no es recomendable utilizarla.
Las mascarillas serán obligatorias, pero no será exigible su uso en actividades con las que no sean compatibles. Estas son tomar bebidas y alimentos. Tampoco será obligatorio si existe una causa de fuerza mayor o una situación de necesidad.
Cualquier tipo de mascarillas valen, pero la preferencia existe sobre las higiénicas y quirúrgicas.
En los siguientes supuestos, la mascarilla no será obligatoria: personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria, contraindicando por motivos de salud debidamente justificados o por una situación de discapacidad o dependencia. Además de las situaciones en las que su uso sea incompatible o por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.