El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles el real decreto-ley que permite a las comunidades autónomas extender las ayudas directas de 7.000 millones de euros a más sectores económicos y a empresas que, de manera extraordinaria, tuvieran pérdidas en 2019, hasta ahora excluidas de las mismas.
El decreto, aprobado ayer por el Consejo de Ministros y que entra en vigor mañana, otorga más flexibilidad a las comunidades autónomas para incluir nuevos sectores especialmente afectados en sus territorios, como es el caso del calzado y del vino en algunas regiones, y permitirá que empresas "viables" que hayan registrado pérdidas en 2019 debido a "circunstancias excepcionales" puedan acceder a dichas ayudas.
Como ejemplo de circunstancia excepcional, el Gobierno apunta el impacto de la quiebra de Thomas Cook en las empresas turísticas, particularmente en Canarias y Baleares, que ha podido motivar pérdidas puntuales en 2019 en operadores turísticos, que ahora podrán acceder a las ayudas directas.
La modificación incluida permitirá a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla que, dentro de la asignación establecida para cada una de ellas, puedan incluir como beneficiarios de estas ayudas a otros sectores, adicionales a los 95 recogidos en el Anexo I del primer real decreto-ley aprobado, que se hayan visto particularmente afectados por la pandemia.
El Ministerio de Hacienda remitió el pasado viernes a las comunidades autónomas los convenios que regulan la colaboración para poner en marcha los 7.000 millones de ayudas directas, y les pidió que tramitaran la firma de dichos convenios con carácter de urgencia.
Hasta ayer, únicamente Extremadura y Castilla-La Mancha habían devuelto los convenios firmados y por tanto, una vez rubricados por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, se remitirán al Boletín Oficial del Estado (BOE) para su publicación, de manera que puedan recibir el dinero de forma "inmediata" y sacar sus convocatorias para repartir las ayudas entre las empresas.
Hacienda, que remitió los convenios el pasado viernes, espera que según avance la semana las comunidades sigan enviando los convenios firmados y, en ningún caso, contempla que haya regiones que se descuelguen de las ayudas por no estar conformes con el marco legal de las mismas.
"Me parecería algo escandaloso que alguna comunidad autónoma, por simple desavenencia con el texto legal, hurtara la capacidad de que empresas de su entorno pudieran quedarse sin recibir esas ayudas", señaló ayer Montero en la rueda de prensa del Consejo de Ministros.
Según se establece en el decreto, Hacienda transferirá los recursos que corresponden a cada autonomía en un plazo máximo de diez días desde la firma del convenio, salvo que las comunidades soliciten que el libramiento se haga en un momento posterior.
La línea, dotada con 7.000 millones de euros, canaliza ayudas directas a través de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla a autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia, cuyos ingresos hayan caído al menos un 30% con respecto a 2019 y están condicionadas al mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022.
Estas ayudas tienen carácter finalista y se pueden emplear para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera.
Los autónomos que tributan por estimación objetiva podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros, y el resto de autónomos y empresas entre 4.000 y 200.000 euros.
Además, el Gobierno también incluye en este nuevo real decreto que hoy publica el BOE una medida para garantizar liquidez de las empresas y agilizar los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas no tributarias ni aduaneras que se tramitan en las delegaciones de Economía y de Hacienda.
Es decir, la medida va a afectar a deudas que se derivan del reintegro o del reembolso de ayudas o de préstamos que se conceden por la Administración General del Estado (AGE) y se distribuyen desde el ámbito territorial en las delegaciones correspondientes.
También afectará a deudas cuya gestión recaudatoria corresponda a las delegaciones de Economía y Hacienda o a aquellas que se encuentran en periodo voluntario de pago o que se aplazan o se fraccionan previamente.
Para este tipo de deudas, se ha habilitado a las delegaciones de Economía y Hacienda a conceder un periodo de carencia de hasta dos años para el pago de obligaciones no tributarias y un fraccionamiento posterior de la deuda de hasta dos años.
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