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Ley de la Eutanasia: quién podrá pedirla y cómo

Ley de la Eutanasia: quién podrá pedirla y cómo

El Congreso de los diputados aprobará hoy de manera definitiva la Ley de la Eutanasia. Asimismo, la nueva ley acordara entrará en vigor tres meses después de publicarse en el Boletín Oficial del Estado. 

La nueva ley incluirá la ayuda médica para morir como una nueva prestación en el Sistema Nacional de Salud. No obstante, se determinarán unas especificas reglas sobre quién puede pedirla, cómo y con qué controles. Así bien, si el paciente cumple con los requisitos podrá recibir la eutanasia cinco semanas desde que la pidió. En ese tiempo será informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos.

Quién podrá pedir la Ley de la Eutanasia

La Ley de la Eutanasia podrá pedirla cualquier persona mayor de edad que sufra "una enfermedad grave e incurable" o un "padecimiento grave, crónico e imposibilitante". Además, dicha indisposición deberá afectar a la autonomía y provocar un "sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable".

Además, otro requisito es que la persona solicitante tenga la nacionalidad española o lleve más de 12 meses viviendo en España, mediante la residencia legal o con un certificado de empadronamiento.

Cómo se podrá solicitar

El paciente debe formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, con 15 días de diferencia. No obstante, el médico puede acortar el plazo solicitud si cree que existe un riesgo "inminente" de "pérdida de la capacidad" del enfermo para solicitar la Ley de la Eutanasia.

Además, la persona que pida la prestación de ayuda para morir podrá anular su solicitud en cualquier momento o pedir su aplazamiento.

Así bien, una vez enviada la primera solicitud, el médico responsable realizará con el paciente un "proceso deliberativo" sobre su diagnóstico; posibilidades terapéuticas y cuidados paliativos, análisis que se repetirá tras la segunda solicitud.

Finalmente, después se volverá a preguntar a la persona si desea abandonar el proceso o continuar. Si mantiene la solicitud, el médico responsable deberá consultar el caso con un "médico consultor", que tendrá un plazo de diez días para comprobar el cumplimiento de las condiciones.

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