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Denunciadas 282 personas en Murcia este fin de semana por no llevar mascarilla

Denunciadas 282 personas en Murcia este fin de semana por no llevar mascarilla

La Policía Local de Murcia ha denunciado el pasado fin de semana a 282 personas por no llevar mascarilla, como es obligatorio. Así informó el Cuerpo a través de las redes sociales.

En este sentido, fuentes policiales han recordado que es obligatorio el uso de mascarilla. Que debe cubrir nariz y boca, en la vía pública, espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público.

De igual forma, han señalado que no es obligatorio su uso por menores de seis años. Personas con enfermedad o dificultad respiratoria, personas sin autonomía para quitárselas, personas con alteraciones de conducta (TEA). Prácticas de deporte al aire libre, supuestos de fuerza mayor o situaciones de necesidad, durante el consumo de bebidas y alimentos. También en playas y piscinas.

IMPORTANTE:

  • La mascarilla deberá cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón incluido. El tipo de mascarilla que se debe emplear no tendrá válvula exhalatoria, excepto en los usos profesionales para los que este tipo de mascarilla puede estar recomendada.
  • El uso obligatorio de la mascarilla se llevará a cabo junto a  otras medidas de prevención y protección:
  • Higiene de manos.
  • Higiene respiratoria (evitar toser directamente al aire y tocarse la cara, la nariz y los ojos).
  • Preferencia por actividades al aire libre y de poca duración.
  • Limpieza, higiene y ventilación de los espacios utilizados.
  • No se recomienda el uso rutinario de guantes.

No será exigible el uso de mascarilla:

  • El ejercicio de deporte individual y colectivo.
  • Los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
  • En establecimientos y servicios de hostelería y restauración, discotecas y bares de ocio nocturno, en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.
  • En las piscinas públicas o privadas de uso comunitario y en zonas de baño naturales, durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre los usuarios. Para los desplazamientos y paseos será obligatorio el uso de mascarilla.
  • Para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Redacción

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