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Adiós a las guardias de 24 horas para los MIR: qué cambia para los residentes de los hospitales de Murcia y desde cuándo

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Adiós a las guardias de 24 horas para los MIR: qué cambia para los residentes de los hospitales de Murcia y desde cuándo
El Gobierno aprueba un real decreto que limita las guardias a 17 horas, fija un máximo de cuatro al mes y sube el complemento de formación desde enero de 2027

Los médicos y demás especialistas en formación dejarán de hacer guardias de 24 horas. El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que regula la relación laboral de los residentes y limita cada guardia a un máximo de 17 horas. La norma es estatal, por lo que se aplicará también a los residentes que se forman en los hospitales y centros de salud del Servicio Murciano de Salud.

Qué cambia en las guardias

  • Duración máxima de 17 horas por guardia. Si la guardia va seguida de la jornada ordinaria sin 12 horas de descanso entre ambas, se cuentan juntas y tampoco pueden superar las 17 horas: tras siete horas de jornada, por ejemplo, solo podrán hacerse diez de guardia.
  • Hasta cuatro guardias al mes con carácter general. Podrá añadirse una más de forma excepcional por razones docentes justificadas y, de manera voluntaria, llegar a siete, con consentimiento expreso y revocable del residente.
  • La suma de jornada ordinaria y guardias no podrá superar las 45 horas semanales de media trimestral.

Jornada y descansos

La jornada ordinaria no podrá superar de media las 35 horas semanales por semestre, salvo que un acuerdo o convenio establezca otro sistema, y los centros tendrán que comunicar los horarios con al menos dos meses de antelación.

Los residentes tendrán derecho a un descanso mínimo de 12 horas seguidas entre jornadas y a 24 horas ininterrumpidas a la semana. El texto establece que estos descansos son obligatorios, irrenunciables y no recuperables.

Más sueldo desde enero de 2027

El sueldo base será el equivalente al del personal estatutario con la misma titulación. Sobre él se aplicará un complemento de formación mínimo que crece con cada año de residencia: 18% el primero, 28% el segundo, 38% el tercero, 48% el cuarto y 58% el quinto. Las comunidades autónomas, a través de sus servicios de salud, pueden fijar porcentajes superiores.

Calendario de aplicación

  • El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.
  • Las mejoras retributivas se aplicarán desde el 1 de enero de 2027.
  • Los cambios en la jornada, desde el 1 de septiembre de 2027.

Reacciones

La Asociación MIR de España considera insuficientes las mejoras y reclama la derogación del real decreto, según recoge Onda Regional. Por su parte, el representante nacional de médicos jóvenes de la Organización Médica Colegial, Juan Pablo Carrasco, valora positivamente el contenido y admite que hay margen de mejora, aunque considera que eso no invalida los avances.

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