El pasado 25 de junio el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció las medidas anticrisis aprobadas por el Gobierno de España. Entre ellas, se encuentra la ayuda de 200 euros que los autónomos, empleados y parados de bajos ingresos pueden solicitar hasta el 30 de septiembre.
El principal requisito para poder beneficiarse de esta ayuda es residir en nuestro país con una antigüedad de al menos un año, a fecha de 27 de junio. Además, la suma de las rentas de todos los convivientes en el hogar en el pasado año debe ser inferior a 14.000€. El patrimonio tampoco puede superar los 43.196,40€ sin incluir la vivienda habitual.
Sin embargo, no pueden cobrarlo las personas que se benefician -a fecha del 27 del pasado mes- del Ingreso Mínimo Vital. Tampoco pueden recibirlo los que tengan una pensión de la Seguridad Social, de clases pasivas o de una mutualidad. El pago de este cheque de 200 euros lo realiza el Gobierno en un pago único a través de transferencia bancaria.
La solicitud para esta ayuda debe presentarse de forma telemática, para lo que es necesario tener la Cl@ve o certificado electrónico. Para darse de alta en Cl@ve y poder presentar esta solicitud, se puede acudir con cita previa a las diferentes oficinas de Registro Cl@ve o acceder por Internet, sin necesidad de desplazarse.
Esta cheque se enmarca dentro del Real Decreto-ley en que se adoptan y prorrogan medidas para responder a las consecuencias de la guerra en Ucrania. Junto a esta ayuda se encuentran otras como la bajada del IVA del recibo de la luz del 10% al 5% o la creación de un nuevo impuesto que gravará los beneficios de las grandes empresas energéticas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.
Las oficinas que funcionan como Registro Cl@ve son las de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las del Servicio Público de Empleo Estatal y las de Información y Atención al Ciudadano de las Delegaciones de Gobierno.
La Cl@ve, que es imprescindible para solicitar la ayuda, también se puede obtener en las oficinas de la Seguridad Social. Esta cuenta con sedes en Murcia, Caravaca de la Cruz, Cartagena, Cieza, Jumilla, Lorca, Molina de Segura, Mula, Totana y Yecla.
A la hora de pedir la ayuda no hay que aportar ninguna documentación. La propia Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la Agencia Tributaria la información necesaria.
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