En toda empresa, es indispensable contar con diferentes tipos de trabajadores que conozcan en su totalidad el funcionamiento de la compañía. En algunos casos existen familiares que ocupan ciertos cargos, lo cual hace que manejen con más facilidad las situaciones o irregularidades que puedan presentarse, una ventaja, es el bajo costo que tiene para el jefe contratar trabajadores que pertenezcan a su grupo familiar, ya que a fin de cuentas las ganancias son para la familia.
Según el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o la RETA, existe el autónomo colaborador, un personaje particular que forma parte de muchas empresas. Si tienes muchas dudas sobre qué es, sus obligaciones y cualquier duda sobre este tema, aquí puedes aclararlas.
Se entiende como autónomo colaborador a ese trabajador que forma parte de la familia del trabajador titular o jefe de la empresa y que finalmente termina siendo la mano derecha del mismo, este puede familiar cercano o también lejano, es decir de segundo grado.
Cualquier trabajador debe cumplir con una serie de obligaciones, sin embargo, el autónomo colaborador al ser una figura particular dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tiene obligaciones específicas en referencia a otros empleados. Estos trabajadores, son considerados una cuenta a parte según la Agencia Tributaria.
Por lo tanto, los autónomos colaboradores tienen actividades impuestas por la eficiencia de su trabajo, considerándose una especie de asalariado, sin tener en cuenta sus registros económicos como es el caso de un trabajador autónomo cualquiera.
En cuanto a los tributos o declaraciones que un empleado en general debe presentar de forma trimestral, para los autónomos colaboradores no es obligatorio, por el contrario, esto, declarar IVA y IRPF, es trabajo del jefe de la empresa.
Lo que sí es considerado una obligación para los trabajadores autónomos, es la declaración anual, al igual que todos los trabajadores en general deben notificar sus tributos anuales, de esta forma se le impone el pago de cada uno de los impuestos con referencia a su capital o ingreso que de igual forma deben estar debidamente registrados por medio de documentos escritos, si de sueldos o nómina se trata en caso de ser trabajador fijo.
Al ser considerados independientes o autónomos por la Seguridad Social, dentro de sus derechos tienen la oportunidad de poseer prestaciones sociales si ha sido removido del cargo que ocupa, al igual que un trabajador autónomo.
Debido a que el autónomo colaborador trabaja para un jefe o titular de negocio, es último debe hacerse responsable del trabajador autónomo a pesar de que realice su trabajo por cuenta propia. Esas obligaciones son:
En cuanto a los trabajadores que sean esposos, pareja o conyugues, ha sido desde el 2015 un tema de mucha controversia, rivalidades y disputas. Sin embargo luego de la Ley de trabajo autónomo de ese año, se impuso la desventaja que requiere para una pareja de un titular de una empresa convertirse en autónomo trabajador.
Uno de los principales beneficios de ser un autónomo colaborador es los descuentos de 50% y 25% que poseen durante los primeros 18 meses y posteriores 6 meses respectivamente en cuanto a sus cuotas mensuales.
Por otra parte están exentos de hacer declaraciones tributarias por trimestre del IVA y también del IRPF, solo será necesario hacer entrega de notificaciones de renta al igual que los demás trabajadores del negocio.
Su única desventaja es que no hacen disfrute de la recompensa de 50 euros como tarifa constante.
Aunque pueda parecer complicado darse de alta para autónomo colaborador, realmente no lo es, sus trámites son muy sencillos y solo es necesario acudir a la Seguridad Social y presentarse como tal, un familiar que está siendo colaborador en la empresa o negocio del titular. Sencillamente con eso, sin necesidad de acudir a la Agencia Tributaria, solamente presentando la solicitud de alta modelo TA0521/2 donde también se encuentra la baja o variantes en cuanto estatus laboral, dicha planilla la encuentras en la Seguridad Social.
Además debes presentar los siguientes documentos para que el trámite sea formal:
Aunque puede considerarse complejo, es un procedimiento bastante sencillo, si tienes alguna duda no dudes en contactarte con nosotros.
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