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La Policía Local de Cartagena impone 19 denuncias desde noviembre por circular con patinete por zonas prohibidas

RedacciónRedacción - 13 de Junio, 2022
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La Policía Local de Cartagena impone 19 denuncias desde noviembre por circular con patinete por zonas prohibidas

La Policía Local de Cartagena ha impuesto un total de 19 denuncias por circular con patinetes eléctricos por zonas prohibidas desde la publicación de la nueva Ordenanza municipal de regulación de Vehículos de Movilidad Personal (VPM) el pasado 25 de noviembre.

En concreto, los agentes han impuesto once denuncias por circular con estos vehículos por la acera o zona peatonal así como otras ocho denuncias por conducir por zonas peatonales y ajardinadas, según han informado a Europa Press fuentes del Ayuntamiento.

Cabe recordar que el Pleno del Ayuntamiento de Cartagena dio luz verde el 25 de noviembre al texto definitivo de esta nueva Ordenanza municipal de regulación de Vehículos de Movilidad Personal (VPM) de Cartagena, que regular el uso de bicicletas y patinetes en la ciudad.

La nueva ordenanza obliga a los conductores de estos VMP a circular por la calzada, y recoge como muy recomendable el uso del casco y el seguro de responsabilidad civil, pero no lo prohíbe de forma expresa al no existir aún una norma superior que lo ampare.

En la ordenanza se sitúa como "altamente recomendable" la utilización del casco de seguridad; y del seguro de responsabilidad civil para usuarios y frente a terceros, mientras que se contempla que en cuanto exista una normativa estatal de la DGT se incorporaría automáticamente a la norma local.

La ordenanza, que fue defendida en Pleno por la concejal de Ciudad Sostenible, Cristina Mora, también recomienda el uso de prendas reflectantes pero tampoco obliga a su uso, y fija la edad mínima para usar este tipo de vehículos a partir de 15 años. Además, sostiene que su uso es exclusivamente personal, y fija la prohibición de conducir con cascos o auriculares, teléfono móvil, y sitúa la obligatoriedad de someterse a pruebas de alcoholemia y de estupefacientes. Y obliga a un uso de calzado adecuado para conducir, prohibiendo hacerlo descalzo.

En la normativa se establece una multa de 200 euros para quienes incumplan la obligación de circular por el carril bici, cuando esté integrado en la calzada. En el caso de no existir, lo harán siempre por el flanco derecho del asfalto.

Las velocidades máximas son de hasta 25 kilómetros por hora para los viales con uno o dos carriles por sentido y de 20 en los que tienen un solo carril y en los semipeatonales. Está prohibido circular por carreteras interurbanas, así como por autovías y autopistas con inicio o fin en el término municipal, en cumplimiento de la Ley de Circulación nacional.

En total, se presentaron 22 alegaciones a la ordenanza, que incorporó cinco de ellas, las que tenían relación con el uso del seguro de responsabilidad civil, casco y prendas reflectantes, elementos "cuya utilización considera muy recomendable, aunque no se marca su obligatoriedad hasta que haya normativa superior que lo establezca, que entonces pasaría a incorporarse automáticamente en nuestra ordenanza", dijo Cristina Mora.

Además, se recoge que en calzadas de más de un carril por sentido se circule por el carril derecho; y la prohibición del uso del patinete a menores de 15 años. También recoge otras 7 propuestas presentadas por la Jefatura Provincial de Tráfico.

Para Mora, el objetivo que persigue esta normativa "es devolver espacio y dar toda la prioridad al peatón, además de buscar la convivencia de todos los vehículos".

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