La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado al conductor de un turismo que fue detectado circulando de manera errática y que posteriormente tuvo un accidente de circulación. Se le ha instruido diligencias como presunto autor de delito contra la seguridad vial, por conducir bajo la influencia de drogas.
Los hechos fueron durante una operación especial de Tráfico, cuando gracias a la colaboración ciudadana, la Guardia Civil fue alertada. Un usuario circulaba de manera irregular, con movimientos oscilantes de zig-zag entre los carriles de la autovía, de un turismo. Finalmente terminó sufriendo un accidente en el kilómetro 6,7 de la autovía MU-30, proximidades del polígono industrial Oeste de Alcantarilla.
Inmediatamente se desplazó al lugar una patrulla de Motoristas y un equipo de Atestados del Sector de Tráfico de Murcia. Constataron que el accidente se había producido por la salida de la calzada de un turismo, que a consecuencia de los daños sufridos no pudo continuar su ruta.
Tras identificar al conductor -un varón, de 42 años y vecino de Murcia-, que resultó ileso. Los guardias civiles apreciaron que éste mostraba síntomas evidentes de encontrarse bajo los efectos de algún tipo de sustancia incompatible con la conducción. Por lo que fue sometido a la prueba reglamentaria de alcoholemia, de la cual dio resultado negativo. Y a las preceptivas pruebas indiciarias de presencia de drogas en el organismo. En ellas arrojó resultado positivo en cocaína y en cannabis (THC).
Por este motivo, el conductor ha sido investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, al hacerlo bajo la influencia de drogas tóxicas. Fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Murcia, conforme a las instrucciones dadas por el Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado.
Conforme al procedimiento establecido, al conductor le cogieron una muestra de fluido oral que remitieron a un laboratorio acreditado. Concertado por la Dirección General de Tráfico (DGT), para contrastar el primer resultado indiciario provisional, que también ha resultado positivo en los mismos extremos.
El usuario que alertó de los hechos a la Guardia Civil realizó una grabación de la circulación irregular. Permitió a los miembros de la Benemérita verificar tanto la errática conducción como la forma que se produjo el accidente. La grabación está a disposición de la autoridad judicial como medio de prueba.
A consecuencia de los daños sufridos que impendía su normal circulación. El vehículo lo retiró una grúa de auxilio en carretera, quedando a disposición de la autoridad judicial, como elemento utilizado para la comisión de los hechos delictivos.
La Guardia Civil recuerda que el delito de conducción de un vehículo de motor bajo la influencia de drogas tóxicas; estupefacientes o sustancias psicotrópicas lo recoge en el artículo 379.2 del vigente Código Penal y puede tener alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
La Guardia Civil apela a la colaboración ciudadana, como en este caso, ante la elevada peligrosidad que supone la circulación de vehículos de forma irregular; para que tan pronto como detecten una de estas situaciones avisen urgentemente a los teléfonos 112 (emergencias) o 062 (Guardia Civil). Permitieron así interceptar al infractor antes de que se produzca algún accidente u otro resultado perjudicial no deseable.
Asimismo, la Benemérita reitera su mensaje a aquellos conductores que, de forma imprudente y temeraria, y a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico, conducen después de haber ingerido estas sustancias. Recuerdan que, sin perjuicio de la sistemática realización de controles preventivos ordinarios o especiales, someterá a las preceptivas pruebas de alcoholemia. También a la de drogas a todos los conductores que los denuncien por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo.
Estas actuaciones tienen la finalidad de concienciar a los ciudadanos. Esto se da por la incompatibilidad de estas sustancias con la conducción dada la merma de reflejos y capacidades que para el control de los vehículos suponen. Y garantizar así la seguridad vial en nuestras carreteras. Evitan, de esta forma, la producción de accidentes de circulación y las graves consideraciones que estos acarrean.
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